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Ayudas para la sustitución de vehículos. Planes PIMA y PIVE-2

Ayudas para la sustitución de vehículos. Planes PIMA y PIVE-2 15/03/2013

Estas ayudas se presentan como complementarias del Plan PIVE. El Plan PIVE se dirige tanto a particulares como a empresas; el Plan PIMA Aire, sin embargo está orientado a la sustitución de los vehículos comerciales. Ambas ayudas son incompatibles entre sí.

Los objetivos de ambos planes son los mismos:

  • - Por un lado, la renovación del parque de vehículos permite la reducción del consumo energético y de la emisión de gases contaminantes.
  • - Por otro lado, supone un apoyo al sector de la automoción, así como a otros sectores relacionados (componentes, aseguradoras, financieras, asesorías, talleres...).

Estos son los puntos clave de cada uno de estos Planes:

Artículo

PLAN DE IMPULSO AL MEDIO AMBIENTE: PIMA Aire

Art. 1

Objeto

Concesión directa de ayudas para la sustitución de vehículos comerciales ligeros antiguos por otros más eficientes.

La adquisición del nuevo vehículo debe ir acompañada de la baja del antiguo.

Art. 2

Beneficiarios

Profesionales autónomos, Pymes, empresas, entidades privadas

Art. 3

Conceptos subvencionables

Vehículo a achatarrar:

- Vehículos comerciales de hasta 3,5 toneladas de peso máximo autorizado (turismos adaptados - M1 AF-, furgonetas y furgones - N1), matriculados en España y dedicados preferentemente al transporte urbano de mercancías.

- Con una antigüedad de más de 7 años.

Vehículo a adquirir:

- Vehículos comerciales de hasta 3,5 toneladas de peso máximo autorizado.

- Nuevos y usados, de hasta un año de antigüedad.

- Con etiqueta de eficiencia energética A, B, C o D.

Art. 4

Cuantía

- 1.000 € por vehículo: vehículos de menos de 2.500 kg

- 2.000 € por vehículo: vehículos desde 2.500 hasta 3.500 kg

Máximo 200.000 € por beneficiario.

Estas ayudas están condicionadas a la aplicación, por parte del fabricante, o importador o punto de venta, de un descuento mínimo equivalente al previsto en este Plan, por lo que en la factura de compraventa figurará un descuento total de 2.000 € o 4.000 €, según el caso.

Art. 7

Gestión

Las solicitudes de las ayudas se canalizarán necesariamente a través de lospuntos de venta de vehículos previamente adheridos al PIMA.

Se podrá consultar el listado actualizado de los puntos de venta adheridos al Plan «PIMA Aire», así como los vehículos susceptibles de ayudas, en el link alojado en la página Web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Se considerarán automáticamente adheridos a este Plan los puntos de venta adheridos al Plan PIVE y PIVE-2.

La gestión de las solicitudes se realizará telemáticamente, de acuerdo con el procedimiento establecido en el art. 7 del Real Decreto 89/2013

Arts. 1 y 7

Duración

Se aplicarán a las adquisiciones de vehículos que se produzcan desde el 10-2-2013 hasta el 31-12-2013, o hasta agotamiento del presupuesto.

Las solicitudes podrán presentarse a partir del 27 de febrero de 2013.

Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-2)

El pasado 1 de febrero se publicaba en el BOE la segunda convocatoria del Plan PIVE, mediante Resolución de 31 de enero de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica la de 30 de enero de 2013, del Consejo de Administración del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, por la que se establecen las bases reguladoras de la segunda convocatoria de ayudas del "Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-2)".

Al contrario que el Plan PIMA, estas ayudas se dirigen también a particulares, y no solamente a titulares de vehículos comerciales.

Con respecto a la primera convocatoria del Plan PIVE, se introducen varias modificaciones:

  • - Se elimina la subvención para los vehículos de ocasión (usados de menos de un año).
  • - Se incluyen los modelos de menor consumo absoluto, ampliando su clasificación energética.
  • - En caso de familia numerosa: se incluyen aquellos modelos con mayor capacidad de transporte de personas (más de cinco plazas), también con una mayor amplitud en su clasificación energética y se aumenta el importe de la ayuda, así como el límite en el precio de adquisición.
  • - Asimismo, se han llevado a cabo determinadas modificaciones en el proceso de solicitud de las ayudas, encaminadas a facilitar la tramitación y gestión.

Apartado

PROGRAMA DE INCENTIVOS AL VEHÍCULO EFICIENTE (PIVE-2)

Art. 1

Objeto

Ayudas directas para la adquisición de vehículos nuevos de las categorías M1 (vehículos turismo) y N1 (vehículos comerciales ligeros).

La adquisición del nuevo vehículo debe ir acompañada de la baja definitiva en tráfico del antiguo.

Art. 6

Beneficiarios

Particulares, profesionales, autónomos, microempresas y PYMES.

Art. 4

Conceptos subvencionables

Vehículo a achatarrar:

Vehículos matriculados en España de categoría M1 (turismos), con antigüedad mayor a 10 años, o N1 (vehículos comerciales ligeros), con antigüedad mayor de 7 años.

Vehículo a adquirir:

- Vehículo turismo (M1) con clase energética A o B en la Base de datos de Turismos de IDAE.

- Vehículo comercial (N1) con emisiones de CO2/km no superiores a 160 gr.

- Vehículo turismo o comercial (M1 o N1) eléctrico, alimentado con GLP o Gas Natural con emisiones de CO2/km no superiores a 160 gr.

- Vehículo turismo o comercial (M1 o N1) con emisiones de CO2/km no superiores a 120 gr, con clase energética A, B, C o D en la Base de datos de Turismos de IDAE.

- Solo para el caso de familias numerosas: vehículo turismo (M1) con más de 5 plazas con etiqueta A, B o C en la Base de datos de Turismos de IDAE.

- Precio de adquisición máximo de 25.000 euros, antes de IVA o IGIC, exceptuando el caso de familias numerosas (vehículos turismo M1), donde el precio de adquisición no deberá superar los 30.000 euros, antes de IVA o IGIC. Este límite no se aplicará a los vehículos eléctricos puros, híbridos enchufables y de autonomía extendida.

- Se limita a un único vehículo por solicitante.

Art. 5

Cuantía

- 1.000 € por vehículo

- 1.500 € por vehículo: para la adquisición de vehículos turismo (M1) en el caso de familias numerosas.

La concesión de estas ayudas está condicionada a la aplicación, por parte del fabricante, o importador o punto de venta, de un descuento mínimo equivalente al previsto en este Plan, por lo que el descuento total en la factura será de 2.000 € o 3.000 €, según el caso.

Arts. 8, 9 y 10

Gestión

Las solicitudes de las ayudas se canalizarán necesariamente a través de los puntos de venta de vehículos previamente adheridos al Programa. Consulta de puntos de venta adheridos en la base de datos de IDAE.

Los puntos de venta previamente adheridos al Plan PIVE, se considerarán automáticamente adheridos al Plan PIVE-2.

La gestión de las solicitudes se realizará telemáticamente, de acuerdo con el procedimiento establecido en los apartados 8, 9 y 10 de la Resolución de 31 de enero de 2013.

Art. 7

Duración

Las solicitudes podrán presentarse desde el 2-2-2013 hasta el 1-2-2014, o hasta finalización de los fondos.

 






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