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Consumo alerta de prácticas abusivas en los contratos de alquileres de coches

Consumo alerta de prácticas abusivas en los contratos de alquileres de coches 24/06/2013

Llega el verano. Y con él, la temporada alta en el negocio de los alquileres de coches. Eso sí, antes de firmar un contrato conviene revisar bien los detalles ya que como alerta el Centro Europeo del Consumidor (CEC) en España, organismo dependiente del Instituto Nacional del Consumo, los contratos de las empresas de rent a car contienen una serie de cláusulas abusivas y desleales. En concreto, el CEC advierte de cuatro tipos de prácticas susceptibles de vulnerar los intereses económicos de los consumidores. Una de ellas es la referente a la política de combustible, en la que el usuario está obligado a pagar en el momento de recogida del vehículo el importe por el tanque lleno y devolverlo con el depósito vacío. Según Consumo, esto produce una falta de reciprocidad por el cobro de servicios no usados de manera efectiva por el consumidor.

 

Pero no es la única condición sobre la que el Centro Europeo del Consumidor ha puesto la lupa. La política de precios también está en el punto de mira, ya que -como critica el CEC- la tarifa final que figura en la reserva on line no siempre coincide con la que se tiene que abonar a la recogida del vehículo. Así, a través de la simulación de reservas en la web de algunas compañías, el organismo ha comprobado que el coste final ofrecido no se ajusta con el precio real del servicio en los casos en los que que coche se devuelva en un establecimiento distinto al que tuvo lugar la entrega. Lo mismo ocurre cuando el vehículo se entrega fuera del horario de oficina, aspectos sobre los que no se informa correctamente al usuario. "Las compañías omiten en estos dos supuestos incluir el cargo extra, lo que supone una práctica comercial engañosa", indica el informe.

 

Y suma y sigue: las cláusulas acerca de los pagos por la prestación de servicios tras la devolución permiten a las compañías, una vez entregado el vehículo, efectuar la revisión de daños menores y de limpieza sin la presencia del consumidor, lo que les lleva a realizar un cargo en la tarjeta de crédito del usuario en caso de detectar algún desperfecto. "De esta forma, se otorga al empresario la facultad de aumentar el precio inicialmente estipulado sin que existan razones objetivas para ello" alertan desde el centro europeo.

 

La forma de pago del servicio también es cuestionable. En este punto, se ha detectado el carácter abusivo de las cláusulas que establecen el pago con tarjetas de crédito, no admitiendo y rechazando las de débito ni el pago en efectivo, lo que a juicio del CEC supone una renuncia o limitación de los derechos del consumidor.

Fuente: Diario Sur – 24/6/13

 

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