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Pagos a cuenta. Novedades

Pagos a cuenta. Novedades 07/04/2016

En 2016, las empresas que calculan sus pagos fraccionados según el sistema de bases deberán satisfacer una menor cuota. A partir de ahora, todas tributarán a un tipo fijo del 17%.

 

Sistema de bases

 

Tipo. Si su empresa calcula sus pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades según el sistema de bases, sepa que a partir de 2016 el tipo aplicable en estos casos se reduce. Apunte. Todas las empresas que tributan al tipo general del impuesto (incluidas las de reducida dimensión), tributarán a un tipo fijo del 17% sobre la base imponible de cada período de liquidación (es decir, el resultado de multiplicar por 5/7 el tipo general del 25%, redondeado por defecto).

 

Otros cambios. Además, desaparecen algunas especialidades que aumentaban el importe de los pagos a cuenta de ciertas empresas:

  • Si su empresa factura más de 10 millones de euros ya no deberá tributar a tipos incrementados (en 2015, por ejemplo, las empresas que facturaban entre 20 y 60 millones tributaban al 24%). Ahora también tributará al tipo del 17%.
  • Desaparece el pago mínimo del 12% del resultado contable para empresas que facturan a partir de 20 millones.
  • Si percibe dividendos, para calcular los pagos fraccionados podrá computar la exención aplicable a este tipo de ingresos. ¡Atención! Hasta 2015, si se percibían dividendos de empresas residentes en España, la exención no era aplicable a la hora de calcular los pagos fraccionados (y en caso de dividendos procedentes de empresas extranjeras, sólo se podía computar un 75% de la exención).

 

Opte en febrero

 

Sistema de cuota. Si su empresa factura hasta seis millones de euros al año y calcula sus pagos según el sistema de cuotas (satisfaciendo un 18% de la cuota a ingresar de la última declaración del IS), recuerde que en febrero puede presentar una declaración censal y optar por el sistema de bases (si el ejercicio de su empresa no coincide con el año natural, deberá ejercitar dicha opción durante los dos primeros meses del ejercicio, y siempre antes del fin del plazo para presentar el primer pago a cuenta). Apunte. Por lo tanto, haga una previsión de los beneficios que espera obtener durante el ejercicio y compruebe si, tras los cambios indicados en el sistema de bases, ahora es éste el que más le conviene.

 

Ejemplo. Su empresa –que factura menos de seis millones de euros–, prevé obtener en 2016 un beneficio mensual constante de 50.000 euros. Además, en junio espera percibir unos dividendos de 100.000 euros de una filial en la que ostenta el 100% del capital. Apunte. Si en 2014 su cuota a ingresar (casilla 599 de la declaración) fue de 200.000 euros y en 2015 de 190.000, optar por el sistema de bases le permitirá satisfacer 10.900 euros menos en sus pagos a cuenta de 2016:

 

Concepto

Sistema cuota

Sistema bases

1er pago (abril)

36.000

25.500

2º pago (octubre)

34.200

51.000 (1)

3er pago (diciembre)

34.200

17.000

Total pagos

104.400 (2)

93.500

 

1. Los dividendos percibidos en junio no afectan al pago a cuenta, ya que en 2016 la exención por dividendos también es operativa a la hora de calcularlo.

 

2. La base del primer pago es la cuota a ingresar de 2014. La base del segundo y tercer pago a cuenta es la cuota a ingresar de 2015.

 

Si la cifra de negocios de su empresa no supera los seis millones de euros, recuerde que en febrero puede escoger entre el sistema de bases o el sistema de cuotas. Tenga en cuenta este cambio y elija la modalidad que más le convenga.

 

Fuente: Indicator 






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