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Planes de igualdad obligatorios en empresas de más de 50 trabajadores

Planes de igualdad obligatorios en empresas de más de 50 trabajadores 02/02/2022

Desde Privacidad Global nos comunican  que, tal y como se recoge en el artículo 28 del RGPD, todas aquellas empresas que estén obligadas a contar con un plan de igualdad, si el servicio está externalizado a través de un tercero, se deberá cumplir con la protección de datos mediante:

 

  • La firma de un Contrato de Encargado de Tratamiento
  • La cumplimentación de una Declaración Responsable
  • Formularios donde se recojan datos personales, se les deberá implementar la cláusula legal de protección de datos.

Por lo que, si tenéis externalizado el servicio, necesitan que les facilitéis los datos fiscales de esta empresa para prepararos la documentación legal pertinente y remitir los formularios de recogida de datos para incorporar la cláusula.

 

También queríamos comunicaros que si aún no tenéis implementado un plan de igualdad y estáis obligado a ellos, queremos informar que  PRIVACIDAD GLOBAL cuenta con este servicio de la firma: IGUALDAD GLOBAL, por lo que estarán encantados de ayudaros, podéis contactar con ellos a través del correo hola@igualdadglobal.com o en el teléfono  627 949 772 / 609 177 473 






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